¿Sabes cómo afecta el reglamento de etiquetado a la transparencia alimentaria? Analizamos el origen de los alimentos, las normativas europeas y el impacto real en el sector agrícola actual.

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En el contexto de las recientes movilizaciones agrarias, el origen de los alimentos se ha consolidado como uno de los principales puntos de fricción entre productores, distribución y consumidores. Mientras que en los productos frescos (como frutas, verduras, carnes o pescados) la procedencia suele estar clara, la trazabilidad tiende a difuminarse en el momento en que la materia prima pasa por un proceso de transformación.
Para los profesionales del sector agroalimentario, entender las implicaciones técnicas y legales de la procedencia de los ingredientes no es solo una cuestión de cumplimiento normativo; es un factor estratégico de competitividad y confianza en el mercado.
El marco legal del etiquetado de origen: Del Reglamento de 2011 a la actualización de 2020
El debate sobre la transparencia en el sector no es nuevo, pero los cambios legislativos han forzado una adaptación técnica rigurosa.
- El punto de partida: El Reglamento 1169/2011 sobre la información alimentaria facilitada al consumidor estableció la obligatoriedad de indicar el origen de ciertos alimentos, pero dejaba un vacío importante respecto a los componentes procesados.
- La actualización clave: A partir del 1 de abril de 2020, entró en vigor el Reglamento (UE) 2018/775. Esta normativa introdujo la obligación de especificar de forma clara y legible el país de origen o el lugar de procedencia del ingrediente primario, siempre que este no coincida con el del alimento envasado.
Se considera ingrediente primario a aquel que representa más del 50% de la composición total del producto o que el consumidor asocia de manera inequívoca con su denominación. El objetivo de la Comisión Europea con este cambio fue evitar prácticas comerciales engañosas (como, por ejemplo, comercializar un producto agroalimentario bajo una bandera nacional cuando su materia prima procede de un tercer país y solo ha sido envasado o curado localmente).
La demanda del consumidor: Transparencia frente a "enmascaramiento" tecnológico
Los datos históricos demuestran que las exigencias del mercado han evolucionado de forma paralela a la legislación. Estudios de organizaciones de consumidores reflejan que la gran mayoría de los usuarios no considera suficiente la genérica indicación de "UE" o "varios países no UE", sino que demanda el país concreto de origen.
Un punto crítico para el sector es el canal utilizado para transmitir esta información. Existe un rechazo generalizado hacia la sustitución de la etiqueta física por códigos QR u otros soportes digitales que obliguen al escaneo en el punto de venta. Los profesionales de la industria alimentaria deben ser conscientes de que el mercado exige información visible, legible y directa en el propio empaque, valorando la transparencia por encima de los artificios tecnológicos que puedan percibirse como barreras de acceso.
Cómo debe indicarse la procedencia del ingrediente primario
La normativa actual estipula que, cuando sea obligatorio, el origen del ingrediente principal debe reflejarse mediante alguna de las siguientes fórmulas:
- Referencia a áreas geográficas amplias (Unión Europea, fuera de la UE, o ambas).
- Mención de los Estados miembros específicos o terceros países de procedencia.
- Zonas de pesca oficiales (como las zonas FAO) o masas de agua dulce en productos acuícolas.
- Mediante una declaración expresa que indique que el ingrediente primario no es originario del país de procedencia del alimento (por ejemplo: "El ingrediente primario [nombre del ingrediente] no es originario de [país de origen del alimento]").
Esta rigurosidad técnica busca proteger la libre competencia y poner en valor las producciones locales frente a las importaciones que no cumplen con los mismos estándares de trazabilidad.
Próximos retos: Cláusulas espejo y competitividad internacional
El cumplimiento estricto del etiquetado es solo el primer paso de una transición hacia mercados más justos. El siguiente vector de discusión técnica e institucional se centra en las denominadas cláusulas espejo, una de las principales reclamaciones de las organizaciones agrícolas para garantizar que las importaciones de terceros países cumplan exactamente con las mismas exigencias medioambientales, sanitarias y laborales que soportan los productores europeos.
Históricas movilizaciones del sector agrícola español. Una de las muchas imágenes que ha estado circulando por la red como consecuencia de las mismas y que he utilizado en la miniatura de este video, habla por sí sola acerca de cuál es el problema en relación al origen de los alimentos y sobre todo de los productos frescos como fruta y verdura.
Por norma general, en los alimentos frescos suele indicarse cuál es su origen en el etiquetado, especialmente cuando son frutas y verduras, carnes, pescados y marisco. También en algunos alimentos no frescos como pueden ser el aceite y la miel. Sin embargo, esta información se pierde a la mínima que estos alimentos se procesan.
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